Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 14 de Mayo de 2002, L. 697. XXXVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 697. XXXVI.

RECURSO DE HECHO

L., M. c/ Servi Chaco S.A.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 14 de mayo de 2002.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por la actora en la causa L., M. c/ Servi Chaco S.A.@ para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P.F. que antecede, a los que corresponde remitir en razón de brevedad.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por el señor P.F., se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada. Con costas. Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte una nueva con acuerdo a lo expresado. Agréguese la queja al principal, hágase saber y, oportunamente, remítase. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BE- LLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F. LOPEZ - GUSTAVO A. BOSSERT.

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