Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 26 de Marzo de 2002, R. 234. XXXIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 234. XXXIV.

ORIGINARIO

Río Negro, Provincia de c/ Cadipsa y otra s/ sumario.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 26 de marzo de 2002.

Autos y Vistos:

En atención a lo solicitado, teniendo en cuenta la tarea cumplida, el precedente de Fallos: 310:2829 y lo establecido por el art. 3° del decreto-ley 16.638/57, se fija la retribución de la perito contadora M.M.G. en la suma de cincuenta y dos mil pesos ($ 52.000). N..

JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O=CONNOR (en disidencia) - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO (en disidencia) - GUILLERMO A. F.

LOPEZ - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ (en disidencia).

DISI

R. 234. XXXIV.

ORIGINARIO

Río Negro, Provincia de c/ Cadipsa y otra s/ sumario.

Corte Suprema de Justicia de la NaciónDENCIA DEL SEÑOR VICEPRESIDENTE DOCTOR DON EDUARDO MOLINE O=CONNOR Y DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON A.R.V. Considerando:

Que los jueces M. O=C. y V. se remiten, en lo pertinente, a la disidencia de Fallos: 314:1305, acerca de la inclusión de los intereses en la base regulatoria.

N.. EDUARDO MOLINE O=CONNOR - ADOLFO R.V..

DISI

R. 234. XXXIV.

ORIGINARIO

Río Negro, Provincia de c/ Cadipsa y otra s/ sumario.

Corte Suprema de Justicia de la NaciónDENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON ANTONIO BOGGIANO Considerando:

Que el suscripto reitera el criterio expuesto en la disidencia parcial pertinente de Fallos: 322:2961, acerca de la inclusión de los intereses en la base regulatoria, lo que así se resuelve. N.. A.B..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR