Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 5 de Febrero de 2002, M. 1126. XXXVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 1126. XXXVI.

R.O.

Morrone, A.M. c/ ANSeS s/ pensiones.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 5 de febrero de 2002.

Vistos los autos:

A., A.M. c/ ANSeS s/ pensiones@.

Considerando:

  1. ) Que la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social, al confirmar la sentencia de primera instancia, reconoció el derecho de la actora a acceder a la pensión solicitada con fundamento en que la culpa en materia previsional no se presume y en que la exigencia de la reserva de alimentos prescripta por la ley 23.263 como requisito para acceder a la prestación de pensión no estaba vigente a la fecha del divorcio con el causante en los términos del art. 67 bis de la ley 2393.

  2. ) Que contra ese pronunciamiento la representante de la Administración Nacional de la Seguridad Social dedujo recurso ordinario de apelación, que fue concedido de acuerdo con lo dispuesto por el art. 19 de la ley 24.463; empero, lo expresado en el memorial no cumple con la exigencia de fundamentación adecuada desde que carece de una crítica concreta y precisa de las motivaciones fácticas y jurídicas del fallo y sólo reitera la postura sostenida en las presentaciones anteriores, defectos que justifican declarar desierto el remedio intentado (3er. párrafo del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

  3. ) Que, por lo demás, la solución del a quo concuerda con el precedente del Tribunal en autos L.367 L.XXXVI "Lipiello, M.L. c/ ANSeS s/ pensión", resuelta en la fecha, a cuyas consideraciones cabe remitir por razón de brevedad.

Por ello, se declara desierto el recurso de apelación.

Costas por su orden. N. y, oportunamente, remítase.

JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O=CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -G.A.B. -A.R.V..

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