Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 7 de Diciembre de 2001, S. 361. XXXVII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 361. XXXVII.

RECURSO DE HECHO

S., J.J. y otros s/ incumplimiento de deberes de funcionario público -causa n° 25.385/99-.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 7 de diciembre de 2001.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por C.S.A. en la causa S., J.J. y otros s/ incumplimiento de deberes de funcionario público -causa n° 25.385/99-", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente y a su fiador a que, dentro del quinto día, efectúen el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO ROBERTO VAZ- QUEZ.

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