Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 11 de Octubre de 2001, N. 90. XXXVII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

N. 90. XXXVII.

N., A.L. s/ fraude en perjuicio de la administración pública.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 11 de octubre de 2001.

Vistos los autos: "N., A.L. s/ fraude en perjuicio de la administración pública".

Considerando:

Que los recursos extraordinarios son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se declaran mal concedidos los recursos extraordinarios interpuestos. H. saber y devuélvase. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUS- CIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.B. -A.R.V..

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