Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Septiembre de 2001, S. 594. XXIII

Fecha18 Septiembre 2001
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 594. XXIII.

R.O.

S.A. Cía. Azucarera Tucumana s/ quiebra - inc. cobro de crédito promovido por la sindicatura.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 18 de septiembre de 2001.

Autos y Vistos:

En atención a la labor desarrollada a fs. 399/446 y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 6°, incs. a, b, c y d; 7°, 9°, 14 y 22 de la ley 21.839 se regulan los honorarios de los doctores A.E.W.M. y H.E.B. en las sumas de diecinueve mil cuatrocientos pesos ($ 19.400) y de siete mil ochocientos pesos ($ 7.800), respectivamente.

N. y devuélvanse. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O=CONNOR - GUILLERMO A.F.L. -G.A.B. -A.R.V..

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