Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 30 de Mayo de 2001, L. 160. XXXVI
Emisor | Suprema Corte de Justicia (Argentina) |
L. 160. XXXVI.
L., A.J. c/ Caja de Seguros de Vida S.A. s/ juicio sumario.
Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 30 de mayo de 2001.
Vistos los autos: "L., A.J. c/ Caja de Seguros de Vida S.A. s/ juicio sumario".
Considerando:
Que esta Corte Suprema comparte el dictamen del señor P. General, y se remite a sus fundamentos y conclusiones por razones de brevedad.
Por ello, de conformidad con lo dictaminado por el señor P. General, se declara procedente el recurso extraordinario interpuesto y se revoca la resolución recurrida, declarándose que en la causa sub examine resulta competente la justicia federal para seguir conociendo, a la que se le remitirá. N. y devuélvase a la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.B. -A.R.V..
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Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 28 de Junio de 2016, expediente CAF 046438/2013/CA001
...que declarar la incompetencia en el estado en que se encuentra la presente causa resultaría “contrario a la lógica” (cfr. C.S.J.N., L.160.XXXVI, “L., A.J. c/Caja de Seguros de Vida S.A. s/Juicio sumario”; sentencia del 30/05/2001; Fallos: 324:1710), máxime cuando, por un lado, ello implicar......
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