Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Febrero de 2001, T. 314. XXXVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

T. 314. XXXVI.

RECURSO DE HECHO

Teppa, A.D. c/ Petroquímica Bahía Blanca S.A.I.C.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 27 de febrero de 2001.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por la actora en la causa Teppa, A.D. c/ Petroquímica Bahía Blanca S.A.I.C.@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. H. saber y, oportunamente, archívese. EDUARDO MOLINE O´CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUILLERMO A.F.L. -G.A.B. -A.R.V..

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