Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 13 de Febrero de 2001, M. 558. XXXIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 558. XXXIV.

RECURSO DE HECHO

M., A. y otro s/ defraudación -causa N° 849-.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 13 de febrero de 2001.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por A.M. y E.P.M. en la causa M., A. y otro s/ defraudación -causa N° 849-", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que, según resulta de la constancia de fs. 1378 de los autos principales, A.M. se encuentra con pedido de captura, circunstancia que con arreglo a la jurisprudencia del Tribunal obsta a la procedencia de la queja (Fallos:

310:2268).

Que el recurso extraordinario presentado por E.P.M., cuya denegación motiva la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello y lo dictaminado por el señor P. General de la Nación, se desestima la queja y se declaran perdidos los depósitos de fs.

1/2.

H. saber y archívese, previa devolución de los autos principales.

JULIO S.

NAZARENO - EDUARDO MOLINE O=CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO ROBERTO VAZ- QUEZ.

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