Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 24 de Octubre de 2000, C. 924. XXIX

Fecha24 Octubre 2000
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L.262.XXV. y otros

RECURSOS DE HECHO

L., R.A. c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 24 de octubre de 2000.

Vistos los autos: "L.262.XXV. 'L.R.A. c/ CAJA NACIONAL DE PREVISION PARA LA INDUSTRIA, COMERCIO Y AC- TIVIDADES CIVILES'; A.194.XXVIII. 'ARVAS SECUNDINA c/ INPS - CAJA NACIONAL DE PREVISION DE LA INDUSTRIA, COMERCIO Y ACTI- VIDADES CIVILES'; C.924.XXIX. 'C.M. c/ INPS - CAJA NACIONAL DE PREVISION DE LA INDUSTRIA, COMERCIO Y ACTI- VIDADES CIVILES'".

Autos y Vistos:

Habida cuenta de que en las presentes causas desde la última actuación del Tribunal encaminada a impulsar el procedimiento, ha transcurrido un lapso superior al previsto por el artículo 310, inciso 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, sin que la demandada haya activado el trámite del recurso, corresponde declarar la caducidad de la instancia extraordinaria.

Por ello, se declara la caducidad de la instancia. N. y, previa devolución de las actuaciones administrativas, archívense. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O´CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.B. -A.R.V..

2 temas prácticos
2 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR