Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 11 de Abril de 2000, S. 870. XXXV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 870. XXXV.

PVA Shimanovitch, M.D. s/ su solicitud de hábeas corpus.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 11 de abril de 2000.

Autos y Vistos; Considerando:

Que la presentación que antecede no constituye acción o recurso alguno que, con arreglo a los arts. 116 y 177 de la Constitución Nacional, habilite la competencia ordinaria o extraordinaria de esta Corte Suprema.

Que por tratarse de una acción de hábeas corpus corresponde remitir copia de estas actuaciones a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal para que se dé intervención al señor juez de instrucción correspondiente a sus efectos.

Por ello, se resuelve desestimar la presentación efectuada a fs. 1/12 y remitir copia de ella a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional para que, mediante el procedimiento de práctica, determine el juez de instrucción que deberá intervenir. H. saber y archívese.

JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O´CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO R.V..

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