Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 14 de Marzo de 2000, I. 57. XXXIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 57. XXXIV.

RECURSO DE HECHO

Iglesias, M. s/ quiebra s/ incidente de recusación promovido contra el juez R.A.T..

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 14 de marzo de 2000.

Autos y Vistos; Considerando:

Que la presentación que antecede adolece de las mismas omisiones que las realizadas a fs.

19/21; 23/24 y 38/39, lo que constituye un desgaste jurisdiccional motivado por la reiteración del mismo planteo improcedente.

Por ello, se resuelve tener por no presentado el escrito de fs. 65/66, el que deberá ser devuelto a sus firmantes, dejándose fotocopias certificadas e imponerles una multa equivalente al 20% de la remuneración mensual que por todo concepto percibe efectivamente un juez nacional de primera instancia en lo civil (art. 18 del decreto-ley 1285/58, según texto del art. 2° de la ley 24.289). H. saber y cúmplase.

JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE OŽCONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -G.A.B. -A.R.V..

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