Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 24 de Agosto de 1999, A. 350. XXXIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 350. XXXIV.

PVA Astrada, J.C. s/ su solicitud de revisión.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 24 de agosto de 1999.

Vistos los autos: AAstrada, J.C. s/ su solicitud de revisión@.

Considerando:

Que el recurso extraordinario es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se lo rechaza. H. saber y archívese, previa devolución de los autos principales.

JULIO S.

NAZARENO - EDUARDO MOLINE O=CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - GUSTAVO A.

BOSSERT - ADOLFO R.V..

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