Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Abril de 1999, F. 966. XXXII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 966. XXXII.

R.O.

Ferrari, Argentina Lía c/ ANSeS s/ amparo por mora de la administración.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 20 de abril de 1999.

Vistos los autos: "Ferrari, Argentina Lía c/ ANSeS s/ amparo por mora de la administración".

Considerando:

  1. ) Que la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social concedió la apelación subsidiaria deducida por el letrado patrocinante de la actora contra la decisión que había impuesto las costas en el orden causado en un recurso de amparo por mora de la administración que fue declarado procedente.

  2. ) Que la concesión del recurso efectuada por la alzada resulta equivocada porque el apelante manifestó actuar por derecho propio y no en defensa de los intereses de su cliente que, en definitiva, era quien debía hacerse cargo de los honorarios de su letrado al haberse impuesto las costas en el orden causado.

  3. ) Que, en consecuencia, al no haberse invocado la existencia de un perjuicio personal por parte del presentante y dadas las amplias facultades que tiene la Corte como juez de la apelación (conf. Fallos: 310:1945 y 312:1419), corresponde declarar mal concedido el recurso ordinario interpuesto por quien no estaba legitimado para hacerlo.

Por ello, se declara mal concedido el recurso ordinario

de apelación deducido en forma subsidiaria a fs. 11/12.

N. y, oportunamente, devuélvase. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S.

FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUILLERMO A.F.L. -G.A.B. -A.R.V..

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