Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 16 de Febrero de 1999, M. 487. XXXIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 487. XXXIV.

R.O.

Mapfre Aconcagua Cía. de Seg. S.A. -T.F.

12271-I c/ D.G.I.

Buenos Aires, 16 de febrero de 1999.

Autos y Vistos; Considerando:

  1. ) Que con posterioridad a la presentación del memorial previsto en el art. 280, párrafo del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, el Fisco Nacional desiste del recurso ordinario de apelación concedido a fs.

    136 y solicita que las costas de todas las instancias sean impuestas por su orden.

  2. ) Que a fs. 161/164 y 167/168 obran las presentaciones de la actora de las cuales surge que presta su conformidad con el desistimiento, pero se opone al planteo efectuado respecto de las costas.

  3. ) Que la apelante sustenta la exención de costas peticionada, esencialmente, en lo resuelto por esta Corte -con posterioridad a la interposición del recurso- en la causa S.185.XXXII "Solvencia S.A. de Seguros Generales (T.F. 13.089-I) c/ D.G.I.", mediante la sentencia dictada con fecha 1° de setiembre de 1998 (con voto de la mayoría y votos concurrentes), se resolvió -en forma adversa a su parte- la misma cuestión que se debate en el sub examine.

    Mas este Tribunal tiene dicho que es requisito para la exención de costas en casos semejantes, "que los antecedentes en acatamiento de los cuales se desiste, sean no sólo posteriores a la demanda, sino que se hayan además resuelto sin costas" (Fa-

    llos: 229:573), situación que no se da en autos, ya que en la causa citada, éstas fueron impuestas a la vencida.

  4. ) Que, por último, resta señalar que el desistimiento del recurso, unido a la conformidad expresada por la parte contraria, tiene como consecuencia que esta Corte se vea desapoderada de su jurisdicción apelada y que, por ende, sean ajenas a su competencia las cuestiones atinentes a las costas de las instancias inferiores.

    Por ello, se resuelve: Tener por desistido el recurso ordinario concedido a fs. 136. Con costas. N..

    EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.B. -A.R.V..

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