Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 12 de Noviembre de 1998, N. 31. XXXIV

Fecha12 Noviembre 1998
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

N. 31. XXXIV.

RECURSO DE HECHO

N., E.R. s/ falsificación de documento -causa n° 29.047-. Buenos Aires, 12 de noviembre de 1998.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el fiscal ante la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal en la causa N., E.R. s/ falsificación de documento -causa n° 29.047-", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la cuestión federal alegada en el recurso extraordinario, cuya denegación motiva esta queja, no ha sido introducida oportunamente en el proceso.

Por ello, se desestima la queja. H. saber y archívese. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR (por su voto) - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO (por su voto) - E.S.P. -G.A.B. -A.R.V..

VO

N. 31. XXXIV.

RECURSO DE HECHO

N., E.R. s/ falsificación de documento -causa n° 29.047-.TO DEL SEÑOR VICEPRESIDENTE DOCTOR DON EDUARDO MOLINE O'CONNOR Y DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON AUGUSTO CESAR BELLUSCIO Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. H. saber y archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR