Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 16 de Abril de 1998, O. 373. XXXII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 373. XXXII.

    O.N., Blanca Alicia c/ Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal s/ retiro militar y fuerzas de seguridad.

    Buenos Aires, 16 de abril de 1998.

    Vistos los autos: "O.N., Blanca Alicia c/ Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal s/ retiro militar y fuerzas de seguridad".

    Considerando:

    Que la cuestión federal alegada en el recurso extraordinario no ha sido mantenida en el proceso.

    Por ello, se lo declara improcedente. Sin costas.

  2. y, oportunamente, remítase. EDUARDO MOLINE O'CONNOR -AUGUSTO CESAR BELLUSCIO- ANTONIO BOGGIANO (su voto)- G.A.F.L. -G.A.B. -A.R.V..

    VO

  3. 373. XXXII.

    O.N., Blanca Alicia c/ Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal s/ retiro militar y fuerzas de seguridad.

    TO DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON ANTONIO BOGGIANO Considerando:

    Que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

    Por ello, se declara improcedente el recurso extraordinario. Sin costas. N. y remítase.

    A.B..

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