Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Diciembre de 1997, A. 368. XXXIII

Fecha10 Diciembre 1997
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 368. XXXIII.

RECURSO DE HECHO

A., C.A. s/ robo con armas, robo de automotor con armas y tenencia ilegítima de armas de guerra causa n° 78-. Buenos Aires, 10 de diciembre de 1997.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el defensor de C.A.A. en la causa A., C.A. s/ robo con armas, robo de automotor con armas y tenencia ilegítima de armas de guerra -causa n° 78-", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario cuya denegación origina esta queja no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48).

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.B. -A.R.V..

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