Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 25 de Noviembre de 1997, C. 600. XXXIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Moncada, E. delR. y otros por robo calificado, lesiones leves y asociación ilícita. S.C.C.. Nº 600, L. XXXIII.

PROCURACION GENERAL DE LA NACION

Suprema Corte: Entre los titulares del Juzgado en lo Criminal y Correccional Nº 4 de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires, y del Juzgado Federal con asiento en la misma ciudad, se suscitó la presente contienda positiva de competencia en la causa instruida con motivo de la comunicación efectuada por un Jefe de Operaciones de la Prefectura Naval Argentina. En ella da cuenta que, en un predio situado dentro de la jurisdicción del Puerto Ingeniero White, y en el momento en que la firma "Emico S.A." se disponía a pagar las quincenas a sus operarios, dos personas armadas ingresaron a él con la finalidad de apoderarse del dinero, generándose, entonces, un intercambio de disparos entre los asaltantes y los agentes de la Prefectura Naval Argentina que custodiaban el lugar y del que resultó herido uno de estos últimos. La justicia provincial invitó al magistrado federal que conocía en la causa a inhibirse de seguir entendiendo en ella, con base en que los hechos a investigar reconocerían una motivación estrictamente particular y que, además, no habrían afectado la seguridad del Estado Nacional, ni la de sus instituciones (fs. 2). Esta solicitud fue rechazada por el juez federal al entender que en el hecho denunciado intervino personal de la Prefectura Nacional Argentina, que cumplía funciones de custodia policial adicional (fs. 5/7). Con la insistencia del tribunal provincial, quedó formalmente trabada la contienda (fs. 8).

Habida cuenta que los agentes de la Prefectura que cumplen funciones de "policía adicional" están sujetos a las disposiciones del reglamento de disciplina de esa fuerza de seguridad y que, por otra parte, los accidentes sufridos por ellos en el desempeño de esas funciones son considerados a los fines de su calificación de igual modo que los padecidos por el personal que cumple funciones policiales normales art. 11º del Anexo I, de la ley 19.013- (ver fs. 194/211), estimo que los hechos a investigar afectaron el servicio que prestaban los empleados de la Nación (Fallos: 295:595; 307: 2430 y Competencia Nº 561, XXXI in re "Torres, O.A. C. y otros s/ infracción artículos 84 y 94 del Código Penal", resuelta el 28 de mayo de 1996). En tales condiciones, opino que corresponde declarar la competencia del tribunal federal para continuar con el trámite de las actuaciones. Buenos Aires, 14 de octubre de 1997.NICOLAS EDUARDO BECERRA

Competencia Nº 600. XXXIII. Moncada, E. delR. y otros por robo calificado, lesiones leves y asociación ilícita. Buenos Aires, 25 de noviembre de 1997. Autos y Vistos: Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador General, a los que cabe remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá entender en la causa el Juzgado Federal Nº 1 de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, al que se le remitirá. Hágase saber al Juzgado en lo Criminal y Correccional Nº 4 departamental. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.B. -A.R.V..

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