Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 14 de Octubre de 1997, F. 214. XXXIII

Fecha14 Octubre 1997
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 260. XXXIII. y otros.

RECURSOS DE HECHO

C., R.Y. c/ Círculo de Suboficiales del Ejército Argentino.

Buenos Aires, 14 de octubre de 1997.

Vistos los autos: "Recursos de hecho deducidos por la actora en las causas 'C., R.Y. c/ Círculo de Suboficiales del Ejército Argentino'; R.216.XXXIII 'R., O.A. c/F. General R.S.A.'; T.124. XXXIII 'T., S. c/ Instituto Nacional de Vitivinicultura'; y por la demandada en la causa F.214.XXXIII 'F.O.A., M. c/ Capitán Cortés S.A.C.I.F. y A.'", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que los recursos extraordinarios, cuyas denegaciones dieron origen a las presentes quejas, son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestiman las quejas. A. copia de este pronunciamiento en los autos respectivos. D. perdido el depósito de fs. 1 de la queja F.214. H. saber y, oportunamente, archívense. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - ADOLFO R.V..

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