Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Octubre de 1997, C. 537. XXXIII

Fecha03 Octubre 1997
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

B., H.J. y otros c/ Estado Nacional - Ministerio de Defensa s/ recurso de queja por apelación denegada. S.C.C.. Nº 537.XXXIII.

PROCURACION GENERAL DE LA NACION

Suprema Corte: Toda vez que la cuestión sometida a conocimiento del Tribunal guarda sustancial analogía con la que fuera objeto de tratamiento por este Ministerio Público en oportunidad de expedirse el 5 de agosto de 1997 in re Comp. Nº 425.XXXIII. "C. de R., A.B. y otros c/ Estado Nacional -Ministerio de Defensa- s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg.", me remito a lo allí expuesto brevitatis causae. En consecuencia, opino que el sub lite debe continuar su trámite ante el fuero en lo contenciosoadministrativo federal, tal como lo establece la acordada 75/96. Buenos Aires, 4 de septiembre de 1997.MARIA GRACIELA REIRIZ

Competencia Nº 537. XXXIII. B., H.J. y otros c/ Estado Nacional - Ministe- rio de Defensa s/ recurso de queja por apelación denegada. Buenos Aires, 3 de octubre de 1997. Autos y Vistos; Considerando: Que en la causa sub examine resulta de aplicación la doctrina de la sentencia del 25 de septiembre de 1997, in re: Competencia Nº 425 XXXIII. "C. de R., Alda Blanca y otro c/ Estado Nacional - Mº de Defensa s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.", a cuyos fundamentos corresponde remitirse en razón de brevedad. Por ello, de conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se declara que resulta competente para conocer en el trámite del sub lite la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. Remítanse las actuaciones al tribunal mencionado y hágase saber a la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social. EDUARDO MOLINE O'CONNOR -AUGUSTO CESAR BELLUSCIO-ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI-GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO R.V..

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