Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 1 de Julio de 1997, A. 1026. XXXII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1026. XXXII.

RECURSO DE HECHO

Astilleros Ortholan S.R.L. c/ Estado Nacional (Ministerio de Obras y Servicios Públicos).

Buenos Aires, 1° de julio de 1997.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Astilleros Ortholan S.R.L. c/ Estado Nacional (Ministerio de Obras y Servicios Públicos)", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. N. y, oportunamente, archívese.

C.S.F.-A.C.B.-ENRIQUES.P.-A.B. -A.R.V..

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