Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Febrero de 1997, C. 801. XXXII

Fecha18 Febrero 1997
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R., H.M. s/ denuncia.

S.C.C.. N° 801, L XXXII.

PROCURACION GENERAL DE LA NACION

Suprema Corte:

En mi opinión, el presente conflicto de competencia suscitado entre los titulares del Juzgado de Instrucción, Menores y Faltas de M.J., provincia de Córdoba, y del Juzgado en lo Penal de Instrucción N° 3 de Rosario, provincia de Santa Fe, no se halla precedido de la investigación suficiente como para que V.E. pueda ejercer las facultades que le confiere el artículo 24, inciso 7°, del decreto ley 1285/58.

De las sucesivas declaraciones de incompetencia no surgen los elementos de juicio necesarios que permitan calificar prima facie el hecho denunciado en alguna figura determinada.

En este sentido, es doctrina del Tribunal que sólo en orden a un delito concreto cabe pronunciarse acerca del lugar de su comisión y, sobre tal base, respecto del juez a quien corresponde investigarlo (Fallos: 304:1656).

En tales condiciones, y de acuerdo al criterio establecido en Fallos: 303:634; 306:1272 y 1997; 307:1145, entre muchos otros, opino que corresponde al tribunal de M.J., que previno, seguir entendiendo en la causa, sin perjuicio de lo que resulte de una posterior investigación.

Buenos Aires, 2 de diciembre de 1996.

A.N.A. ITURBE

Competencia N° 801. XXXII.

R., H.M. s/ denuncia.

Buenos Aires, 18 de febrero de 1997.

Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador General, a cuyos términos cabe remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá seguir entendiendo en la causa que dio origen a este incidente el Juzgado de Instrucción, Menores y Faltas de M.J., Provincia de C., al que se le remitirá.

Hágase saber al Juzgado en lo Penal de Instrucción N° 3 de Rosario, Provincia de Santa Fe. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR -AUGUSTO CESAR BELLUSCIO-ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI-GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO R.V..

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