Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Junio de 1996, G. 167. XXXII

Fecha20 Junio 1996
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 167. XXXII.

RECURSO DE HECHO

G., N.E. s/ falsificación de documento destinado a acreditar la identidad de las personasy uso de documento falso -causa n° 196-. Buenos Aires, 20 de junio de 1996.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el defensor oficial de N.E.G. en la causa G., N.E. s/ falsificación de documento destinado a acreditar la identidad de las personas y uso de documento falso -causa n° 196-", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta presentación directa, no cumple con el requisito de fundamentación autónoma (art. 15 de la ley 48).

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese.

EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.B. -A.R.V..

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