Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Abril de 1996, M. 98. XXXII

Fecha18 Abril 1996
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 98. XXXII.

RECURSO DE HECHO

M., O.L. s/ estafas reiteradas y acumuladas (causa N° 176).

Buenos Aires, 18 de abril de 1996.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensora de O.L.M. en la causa M., O.L. s/ estafas reiteradas y acumuladas (causa N° 176)", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el tribunal que dictó la sentencia contra la que se dirige el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, no es el tribunal superior, según el art. 14 de la ley 48.

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR