Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 13 de Junio de 1995, G. 774. XXIX

Fecha13 Junio 1995
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 774. XXIX.

Guardo, H.C. y otros s/ delito de robo doblemente agravado por su comisión mediante uso de armas y en lugar poblado y en banda.

Buenos Aires, 13 de junio de 1995.

Vistos los autos: "Guardo, H.C. y otros s/ delito de robo doblemente agravado por su comisión mediante uso de armas y en lugar poblado y en banda".

Considerando:

Que de los términos del dictamen del señor P. General se desprende que ese magistrado no ha mantenido expresamente el recurso interpuesto oportunamente por el señor fiscal ante el Tribunal Oral de Menores N° 2, a cuyos efectos se le dio intervención.

Que al ser ello así y por resultar tardías, dada la naturaleza del Ministerio Público, las reflexiones que formula con el fin de habilitar la instancia de la Cámara Nacional de Casación Penal como tribunal superior de la causa, debe desestimarse la pretensión deducida.

Por ello se resuelve tener por desistido el recurso extraordinario de fs. 26/39. H. saber y devuélvase al tribunal de origen. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - RICARDO LEVENE (H) - GUSTAVO A. BOSSERT.

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