Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 13 de Junio de 1995, C. 126. XXXI

Fecha13 Junio 1995
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C. 126. XXXI.

RECURSO DE HECHO

Correa, R. c/ Sudamtex S.A.

Buenos Aires, 13 de junio de 1995.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el representante legal del fondo de garantía en la causa Correa, R. c/ Sudamtex S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario cuya denegación dio origen a la queja en examen, no cumple con el requisito de fundamentación autónoma.

Por ello, se desestima la queja. Con relación al depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, estése a lo dispuesto a fs. 30.

H. saber y, oportunamente, archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F. LOPEZ.

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