Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 30 de Mayo de 1995, C. 166. XXXI

Fecha30 Mayo 1995
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 166. XXXI.

RECURSO DE HECHO

Campos, R.A. y otro s/ robo con efracción en grado de tentativa - causa 3784/3829.

Buenos Aires, 30 de mayo de 1995.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa de M.A.A. en la causa Campos, R.A. y otro s/ robo con efracción en grado de tentativa causa 3784/3829", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, no cumple con el requisito de fundamentación autónoma.

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - RICARDO LEVENE (H) - GUSTAVO A. BOSSERT.

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