Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Abril de 2012, S. 1082. XLVII

Sentido del falloDECLARA MAL CONCEDIDO - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha17 Abril 2012
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 1082. XLVII.

S., M.;Victoria R. c/ P.E.N. y otros s/ acción declarativa de certeza.

Buenos Aires, 17 de abril de 2012 Vistos los autos: “S., M.;Victoria R. c/ P.E.N. y otros s/ acción declarativa de certeza”.

Considerando:

Que el recurso extraordinario no ha cumplido con el art. 1° del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.

Por ello, se declara mal concedido el recurso extraordinario.

Con costas.

N. y devuélvase.

R.L.L. -E.S.P. -J.C.M.;- CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por: el Citibank N.A., representado por el Dr. C.;Ferrer Deheza. Traslado contestado por M.;Victoria R. Spaccesi, con el patrocinio letrado del Dr. G.;E. Moyano Escalera. Tribunal de origen: Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba. Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Federal n° 1 de la ciudad de Córdoba. -1-

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