Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Abril de 2012, D. 205. XLVII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha17 Abril 2012
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

D. 205. XLVII.

RECURSO DE HECHO Doratto, C.;Eduardo s/ PSA lesiones leves – causa n° 22/10.

Buenos Aires, 17 de abril de 2012 Vistos los autos:

Recurso de hecho deducido por J.M.R. y J.M.R.C. en la causa Doratto, C.E. s/ PSA lesiones leves – causa n° 22/10

, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el apelante no ha dado cumplimiento a los recaudos establecidos en los incisos a, b, c y d, del art. 7° del reglamento aprobado por la acordada 4/2007, por lo que corresponde declarar inadmisible esta presentación directa.

Por ello, se desestima la queja. Intímese a cada uno de los recurrentes a que dentro del quinto día, acompañen copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúen el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. E.;I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - E.

RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M.

ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por J.;Manuel Roco y J.;Manuel Roco Colazo, con el patrocinio del segundo. Tribunal de origen: Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba, Sala Penal. Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara en lo Criminal de 2da.

Nominación de Río Cuarto. -1-

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