Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Marzo de 2012, E. 239. XLVII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha06 Marzo 2012
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

E. 239. XLVII.

RECURSO DE HECHO Estado Nacional - M° de Economía – RQU c/ Superfit s/ queja.

Buenos Aires, 6 de marzo de 2012 Vistos los autos: “Recurso de hecho deducido por el Estado Nacional (Ministerio de Economía y Finanzas Públicas) en la causa Estado Nacional - M° de Economía – RQU c/ Superfit s/ queja”, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. Intímase al apelante para que, en el ejercicio financiero correspondiente, haga efectivo el depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación —según el monto establecido por la acordada 2/07—, de conformidad con lo prescripto en la acordada 47/91.

N., tómese nota por Mesa de Entradas y, oportunamente, archívese.

E.S.P. -J.C.;MAQUEDA - E. RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por el Estado Nacional (Ministerio de Economía y Finanzas Públicas), representado por la Dra. M.;Edith Guimpel. Tribunal de origen:

Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal n° 7. -1-

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