Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Marzo de 2012, B. 388. XLVII

Sentido del falloDECLARA MAL CONCEDIDO - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha06 Marzo 2012
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

B. 388. XVLII.

B., C.A. c/ Estado Nacional s/ ejecución de sentencia.

Buenos Aires, 6 de marzo de 2012 Vistos los autos:

B., C.A. c/ Estado Nacional s/ ejecución de sentencia

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Considerando:

Que el recurso extraordinario no ha cumplido con los requisitos exigidos en los artículos y del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.

Por ello, se declara mal concedido el recurso extraordinario interpuesto, con costas.

N. y devuélvase.

R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por C.;Alfredo Bonnin, actor en autos, por derecho propio. Traslado contestado por el Estado Nacional, demandado en autos, representado por la Dra. I.;Anud. Tribunal de origen: Juzgado Federal Civil y Comercial n° 2 de Concepción del Uruguay. -1-

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