Sentencia nº 7410 de Cámara de Apelaciones C. y C. Sala II de Provincia de Jujuy, de 20 de Septiembre de 2004

Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2004
EmisorCámara de Apelaciones C. y C. Sala II

///SALVADOR DE JUJUY, a los veinte días de setiembre del año dos mil cuatro, reunidas las Sras. Vocales de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, Dras. M.V.G.D.P. y L.E.B., bajo la presidencia de la nombrada en primer término, vieron el Expte. Nº 7410/ 04: SUMARIO – INTERDICTO DE TURBACION: M.N.F. C/ VILTE TERESA, del cual dijeron:

Se inaugura esta instancia procesal a mérito del recurso de apelación interpuesto a fs. 326/ 329 por la Sra. T.V. con el patrocinio letrado del Dr. M.R.C. en contra de la sentencia dictada en fecha 20 de noviembre de 2.003 que rola a fs. 318/ 321.-

Se agravia porque la juez aquo hizo lugar a la demanda por turbación de la posesión, fundada en que en diciembre de 1999 comenzó la obra nueva en su lote decidiendo avanzar sobre la propiedad del Sr. M. en 60 cm. Que la juzgó como interdicto de obra nueva que turba la posesión y consideró aplicable el art. 2498 del C. Civil, tratándola como si fuera de despojo.- Que se debió aplicar el art. 2499 del C.Civil, es decir como acción de manutención de la posesión, ya que tanto actor como demandado reconocieron que la obra comenzó en terreno de la Sra. V. y posteriormente quedó acreditado que también terminó de hacerse dentro del inmueble de la Sra. V..- Que según las pruebas rendidas en el expediente el caso nunca debió juzgarse como si hubiera dudas sobre el último estado de la posesión, ya que su parte fue siempre poseedora del terreno en cuestión desde que comenzó a vivir en él.- Que en realidad la única turbación que hubo fue la del actor, que construyó mas allá de la extensión de su terreno, según planos de relevamiento y construcción aprobados por la Municipalidad.-

Que la Sra. V. construyó sobre los límites de su terreno conforme a la pericia del I.. C., plano de mensura y división, aprobados por la Dirección de Inmuebles. Que el aquo en contra de lo informado por la pericia que concluyó que quien había avanzado sobre su propiedad era el Sr. M. ( fs. 243 ) consideró que la demandada no poseía la porción de terreno, es decir que su mandante poseía todo el inmueble donde vivía menos la parte del terreno motivo de litigio, fundado en la existencia de una medianera construida por el Sr. M..- Que se reconoció que el Sr. M. poseía producto de una invasión y no que la Sra. V. estaba antes que éste.- Que su parte no accionó antes por carecer de recursos para contratar un profesional en derecho. Que es arbitraria la sentencia al entender que la Sra. V. debió hacerse reconocer el derecho y no hacer justicia por mano propia, construyendo en su propio terreno. En fin, entiende que la sentencia es contradictoria porque concluye diciendo que todas las pruebas tienden a acreditar el dominio del inmueble y no considera la posesión que acompaña al terreno en su totalidad incluyendo la porción cuestionada por el actor.- Hace reserva del caso federal.-

Sustanciado el recurso comparece el Sr. N.F.M. con el patrocinio letrado del Dr. E.C. de V. y contesta. Se opone al progreso del recurso por entender que los agravios no son serios. Dice que el Código Civil protege a la posesión y que siempre que haya turbación se puede accionar mediante el interdicto de retener. Que en el presente proceso no se discute el dominio y quedó acreditada la turbación de la posesión ejercida por él.-

Concedido el recurso, son elevados los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR