Sentencia nº 171880 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 11, 28 de Abril de 2008

Fecha de Resolución28 de Abril de 2008
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 11

AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. Nº B-171.880/07, caratulado: "EJECUTIVO: COMPAÑIA FINANCIERA ARGENTINA S.A. C/ CAUCOTA, ROSARIO ALBERTO", y

CONSIDERANDO: Que el título por el que se promueve el proceso, es de los que trae aparejado ejecución y la parte demandada, habiendo sido debidamente notificada de remate, y presentarse en autos (ver fs.17), formula allanamiento a la demanda incoada, consentido por la actora a fs. 22, solicita audiencia de conciliación la que se lleva a cabo a fs.33, por lo que corresponde atento a las resultas de la audiencia, dictar sentencia sin más trámite, haciendo lugar a la ejecución pretendida.-

Que respecto a los intereses pactados, considerando que los mismos resultan excesivos a la luz del sistema de estabilidad económica instaurado a partir de la Ley de Convertibilidad Nº23928 y sus modificatorias, resuelvo morigerarlos a la tasa activa promedio que el Banco de la Nación Argentina cobra en sus operaciones de descuento de documentos comerciales, con más un interés punitorio equivalente al 50% de la tasa mencionada, desde la mora y hasta su efectivo pago de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa: "Banco de la Provincia de Jujuy c/ Servicios Sociales Jure", (L.A. 37 - Fº 1184/1188 - Nº 538).-

Que en cuanto a las costas las mismas deben ser impuestas a la demandada (Art. 102 del C.P.C.).-

Que con respecto a los honorarios de los letradsos intervinientes, los mismos se difieren hasta tanto se practique y apruebe la planilla de liquidación en la presente causa (Acordada 30/84 del S.T.J.) y de conformidad a lo dispuesto por los Arts. 4,6,15 y cc. de la ley 1687, , por la labor desarrollada en autos.-

Que por todo ello y teniendo en cuenta lo dispuesto por los arts. 472, 478, 485 y 489 del C.P.C., el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6 de la Provincia de Jujuy,

RESUELVE:

  1. ) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por COMPAÑIA FINANCIERA ARGENTINA S.A., en contra de ROSARIO ALBERTO CAUCOTA, hasta hacerse el acreedor de íntegro pago de la suma de PESOS CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON STENTA Y NUEVE CENTAVOS ($5.455,79), con más las costas del juicio y el interés a la tasa activa promedio que el Banco de la Nación Argentina cobra en sus operaciones de descuento de documentos comerciales y con más un interés punitorio equivalente al 50% de la tasa mencionada, desde la mora y hasta su efectivo pago, más IVA si correspondiere.-

    Que en cuanto a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR