Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 14 de Febrero de 2012, M. 890. XLVII
Sentido del fallo | ADMITE MEDIDA CAUTELAR - |
Fecha | 14 Febrero 2012 |
Emisor | Suprema Corte de Justicia (Argentina) |
M. 890. XLVII.
ORIGINARIO
Molfino Hermanos Sociedad Anónima c/ Mendoza, Provincia de s/ acción declarativa de certeza.
Buenos Aires, 14 de febrero de 2012 Autos y Vistos; Considerando:
Que la cuestión planteada resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por esta Corte en la causa L.238.XLVI “Logística La Serenísima S.A. y otros c/ Mendoza, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad”, sentencia de la fecha, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad y con el propósito de evitar repeticiones innecesarias.
Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se resuelve:
I.
Declarar que la presente causa corresponde a la competencia originaria de esta Corte. II.
Correr traslado de la demanda a la Provincia de Mendoza por el plazo de sesenta días (arts. 319, 322 y 338 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). A los fines de su notificación al señor gobernador y al señor fiscal de Estado, líbrese oficio al señor juez federal correspondiente. III. Decretar la medida cautelar pedida y ordenar a la Provincia de Mendoza que se abstenga de exigir el pago de la “tasa retributiva por derecho de servicio de inspección” en los términos previstos en la ley local 6959 (modificada por la ley 8006), y de impedir u obstaculizar el ingreso, la distribución y la comercialización de los productos lácteos y derivados elaborados por Molfino Hermanos Sociedad Anónima, e introducidos en “tránsito federal” a su territorio, hasta tanto se dicte sentencia en esta causa.
Líbrese oficio al señor gobernador a fin de poner en su conocimiento la presente decisión.
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al señor -1-
Procurador General y notifíquese a la actora por cédula que se confeccionará por Secretaría.
ELENA I.
HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S.
FAYT - ENRIQUE S.P. -J.C.M..
ES COPIA Parte actora:
Molfino Hermanos Sociedad Anónima, representada por su apoderado, doctor I.F.B., con el patrocinio letrado del doctor Á.;C. Luna Requena. Parte demandada: Provincia de Mendoza (no presentada en autos). -2-
M. 890. XLVII.
ORIGINARIO
Molfino Hermanos Sociedad Anónima c/ Mendoza, Provincia de s/ acción declarativa de certeza.
Para acceder al dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a:
http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2011/LMonti/septiembre/Molfino_Hermanos_SA_M_890_L_XLVII.pdf Competencia originaria de la Corte Suprema - Medidas cautelares - Interpretación de la ley - Alimentos - Comercio interprovincial - Tasas - Policía sanitaria -3-
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Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Diciembre de 2012, S. 788. XLVIII
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