Sentencia nº 29257 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 16, 10 de Octubre de 2006

Fecha de Resolución10 de Octubre de 2006
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 16

AUTOS Y VISTOS:

Los del presente Expte. Nº A-29257/06, caratulado: RECTIFICACION DE PARTIDAS DE NACIMIENTO solicitada por TEOFILA ORIHUELA NIEVES y del cual;

RESULTA:

Que a fs. 09 se presenta el Dr. R.L.S., Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, actuando en nombre y representación de la Sra. T.O.N., a mérito de la carta poder arrimada en autos.- En tal carácter manifiesta que viene por su mandante a promover Juicio por Rectificación de Partidas de Nacimiento.- Continua diciendo que cuando su mandante anoto la inscripción de nacimiento de sus hijos ANA MAGDALENA CARI; J.A.C., L.E.C., R.E.C. y CARLOS ALBERTO CARI, , se consigno erróneamente el apellido de la misma y que en ese momento no contaba con su documentación personal y que actualmente posee el D.N.I.N° 93.088.56, tal como lo acredita con la fotocopia del mencionado documento agregada en la presente causa .- Por lo que solicita que se rectifique en las actas de nacimiento de los hijos de su conferente mencionados ut supra, el apellido de la misma donde dice: TEOFILA ORIHUELA, TEOFILA NIEVEZ Y/O TEOFILA NIEVES (incorrecto) debe decir TEOFILA ORIHUELA NIEVES (correcto) y se adicione su D.N.I. - Ofrece pruebas, cita derecho y peticiona,

Y CONSIDERANDO:

Que de las constancias arrimadas por la promoviente, surge claramente las defecciones a subsanarse, siendo la presente la vía idonea para la rectificación y adición intentada.- Y que merituando las pruebas obrecidas las que rolan a fs 2 Fotocopia de D.N.I. de la recurrente, a fs. 3, 4, 5, 6, 7 y 8 Fotocopia de Certificado de Nacimiento.- Que las presentes actuaciones han sido tramitadas con intervención del Ministerio Público Fiscal Habilitado Y Ministerio de Menores, hábiendose obtenido dictamen favorable.- Que por ello el suscripto estima que la demanda inicial debe prosperar y habiendose cumlimentado lo dispuesto por el Libro segundo, Título VII, Cats. I y II, art. 411 y ccs. del C.P.C., es que

RESUELVO:

1) Aprobar en todas sus partes y en cuanto por derecho hubiere lugar la Información Sumaria precedente y en consecuencia ORDENAR: a) en las Actas de Nacimiento: Nº 5654 - Año 1982 - Tomo 25, Fº 13 de ANA MAGDALENA CARI y Nº 5871 - Año 1984 - Tomo 28 - Fº 13 de JOSE ARMANDO CARI, ambas inscriptos en los Libros de Nacimiento de la localidad de Barro Negro, D.. S.P., Provincia de Jujuy, se RECTIFIQUE: donde dice: y de TEOFILA ORIHUELA (incorrecto) debe decir TEOFILA ORIHUELA NIEVES (correcto), asimismo se ADICIONE el tipo y número de...

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