Sentencia nº 152862 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 6, 4 de Mayo de 2009

Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2009
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 6

San Salvador de Jujuy, de Marzo de 2OO9.

AUTOS Y VISTOS:

Los del presente Expte. Nº "B"-152.862/I/2OO8, caratulado:"INCIDENTE DE NULIDAD EN Expte. Nº B-152.862/O6 ACCION PAULIANA: L.R.B. c/ ASOCIACION CIVIL INTERSINDICAL PARA LA VIVIENDA HOJA DE ROBLE", del que:

RESULTA:

Que a fs. 23, se presenta el Dr. MARCOS MONTALDI solicitando Aclaratoria respecto de la Resolución de fs. 21/22 Y vta., dictada por ‚este Juzgado en fecha O3 de Marzo de 2OO9. y:

CONSIDERANDO:

Que, conforme el Art. 49 del C.P.C., no habiendo errores materiales, ni conceptos oscuros que aclarar, ni omisión atento al objeto de la demanda, corresponde desestimar la Aclaratoria interpuesta.

Que, por todo ello, el Juzgado:

RESUELVE:

I) No hacer lugar a la Aclaratoria interpuesta por el Dr. MARCOS MONTALDI a fs. 23 de autos.

II)Suspéndanse los términos a la parte que representa la Dra.SONIA M. FARFAN desde la fecha de su presentación, y hasta la notificación del presente, haciéndosele saber que el Expte. se encuentra en Secretaría a su disposición.

III) Agregar copia en autos, hacer saber, etc.-

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