Sentencia nº 66853 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 11, 1 de Diciembre de 2009

Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2009
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 11

AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. Nº A-66853/92, caratulado: "SUCESORIO AB INTESTATO: PERALTA ODILON Y SERRIZUELA DE PERALTA, F." a fin de resolver sobre el pedido del sobreseimiento de este proceso y la expedición de las correspondientes hijuelas, y

CONSIDERANDO:

Que en autos se ha dictado Declaratoria de Herederos la cual rola a fs. 46 y vta.; se ha practicado el Inventario y Avalúo de los Bienes de la Sucesión, el que obra agregado a fs. 53, encontrándose el mismo aprobado según constancias de fs. 56 vta.

Que se ha remitido la causa a la Dirección Provincial de Rentas (ver fs. 62 vta.), informando ésta a fs. 64 que el presente proceso goza del Beneficio de Justicia Gratuita, por lo que se encuentra exento del pago de la Tasa de Justicia.

Que luego de diversos trámite se ha practicado el partición del único bien de la sucesión, el que fuera sometido al régimen de propiedad horizontal debidamente inscripto ante la Dirección General de Inmuebles de la Provincia, de acuerdo a las constancias de fs. 308/315.

Que a fs. 326 son aprobadas las operaciones de partición y adjudicación, solicitándose posteriormente se dicte sobreseimiento y se expidan las pertinentes hijuelas.

Que a fs. 336 se solicitan los datos actualizados de los herederos declarados en autos a fin de dar cumplimiento con las disposiciones técnicos registrales, presentándolo sólo dos de ellos a fs. 341 y 361.

Que a fs. 350 se toma razón del embargo trabado por el Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial de 1ª Nominación del Distrito Judicial del Centro de Salta sobre los derecho y acciones que le corresponden a la Sra. I.R.P..

Que por ello, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 3545, 3570, 3565, siguientes y concordantes del Código Civil y arts. 446 y 450 del Código Procesal Civil, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6, Secretaría Nº 11,

RESUELVE:

I.-S. el presente Juicio Sucesorio de PERALTA ODILON Y SERRIZUELA DE PERALTA, FELICIANA a favor de los herederos declarados en autos.

  1. Adjudicar a favor de la heredera I.R.P., argentina, mayor de edad, D.N.I. Nº 10.473.230, un inmueble individualizado como: Matricula A- 66644, unidad funcional 1, Circ.1, S.. 2, Manzana NA, Parcela 4, Padrón A-89822, debiendo al momento de la inscripción de la hijuela trabarse embargo por la suma de mil quinientos sesenta y seis pesos con sesenta y cinco centavos ($1.566,65) conforme lo ordenado a fs. 350; de la heredera N.M.P., argentina, mayor de edad, L.C. Nº...

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