Sentencia nº 218665 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5, 11 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2010
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5

Y VISTO:

Expte Nº B-218665/09 caratulado: " REGISTRACION MARGINAL DE SENTENCIA EXTRANJERA DE DIVORCIO: C.M. DEL VALLE.-

CONSIDERANDO:

Que a fs. 46 se presenta la DRA. M.L.O., solicitando se rectifique en la resolución de fs. 29/30 de autos y en donde dice separación matrimonial, se consigne sentencia de divorcio que es lo correcto.-

Por todo ello el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3-Secretaria Nº 5 de la Provincia de Jujuy.-

RESUELVE:

I- Rectificar el punto II de la parte resolutiva de la resolución de fs. 29 de autos y en donde dice sentencia de separación matrimonial, deberá decir sentencia de disolución por divorcio de matrimonio celebrado el dia 03 de AGOSTO de 1.990 en SAN SALVADOR DE JUJUY, PROVINCIA DE JUJUY, REPUBLICA ARGENTINA, que es lo correcto.-

II- Agregar copia en autos, protocolizar y notificar por cédula.-

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