Sentencia nº 233648 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 4, 8 de Abril de 2011
Fecha de Resolución | 8 de Abril de 2011 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 4 |
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= = =AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. Nº B-233648/10, caratulado: "EJECUTIVO: CREDIMA S.A. C/ MALLON DONATO VICENTE, de los que :
= = = = = = = = = = = = = R E S U L T A = = = = = = = = =
= = =Que, a fs. 8, se presenta la DRA. DI P.L., en nombre y representación de CREDIMAS S.A. a deducir formal demanda ejecutiva en contra del SR. M.D.V. persiguiendo el cobro de PESOS DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO C/54/100 CTVS ($ 2.538,54) proveniente de un PAGARÉ suscripto por los demandados, y que no fuera abonado, hasta la fecha. Pide se libre mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma reclamada, con más sus intereses, gastos y costas.-
= = =Que, citada de remate la parte demandada, ésta no se presentó a oponer excepciones legítimas dentro del plazo previsto para hacerlo, el que se encuentra vencido a la fecha, por lo que corresponde hacer efectivo el apercibimiento decretado.-
= = =Que, la actora ha solicitado en tiempo hábil, los intereses correspondientes desde el vencimiento del documento hasta su efectivo pago. -
= = =Que, oportunamente se ha corrido traslado a la accionada de tal petición a los fines de que la misma pueda hacer valer las defensas que considere pertinentes. –
= = =Que, con respecto a los intereses solicitados por la actora corresponde aplicar la tasa activa promedio que publica mensualmente el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuentos de documentos comerciales y hasta su efectivo pago.-
= = =Que, en cuanto a las costas, considero de aplicación lo normado en el Art. 102 del C.P.C., que manda imponerla a la vencida.-
= = =Que, para la regulación de los honorarios profesionales debemos tener en cuenta las disposiciones últimas dictadas por el Excmo. Superior Tribunal de Justicia .-
= = =Que por todo lo expuesto, el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 DE LA PROVINCIA DE JUJUY,
== = = = = = = = = = = = R E S U E L V E = = = = = = = = =
= = =1) Mandar llevar adelante la presente ejecución interpuesta por CREDIMAS S.A. en contra de M.D.V., hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado o sea la suma de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO C/54/100 CTVS ($ 2.358,54) con más los intereses que correspondan conforme a la tasa activa promedio que publica mensualmente el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuentos de documentos comerciales, desde la mora y hasta su efectivo pago.-
= = =2) Diferir los honorarios profesionales de la DRA. DI...
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