Sentencia nº 207574 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 11, 3 de Mayo de 2011

Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2011
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 11

AUTOS Y VISTOS:

Los del presente E.. nº B-207574/09, caratulado: “DEMANDA POR ENTREGA DE LEGADO EN EXPTE. Nº B-85210/02: SUCESORIO DE A.B.: B.M.T.c.V.G., V.A. y B.E.A., del que

RESULTA:

Que, a fs. 8/12 vta. se presenta el Dr. M.A.A., en nombre y representación de la Sra. M.T.B., promoviendo incidente por entrega de legado en contra de las Sras. G.V., A.V. y E.A.B., declaradas herederas en la Sucesión de don A.B., quien en vida le legara a su favor, dos bienes inmuebles que individualiza, mediante un instrumento que acompaña, solicitando se acumule la presente causa al referido sucesorio y suspendiendo la tramitación del sucesorio, con costas.-

Que, a fs. 13 se lo tiene por presentado y a fs. 20 se ordena correr traslado de la presente demanda a las accionadas.-

Que, a fs. 24/27 se presenta el Dr. R.M.M., en nombre y representación de las últimas nombradas, oponiendo en primer lugar la excepción de cosa juzgada, por considerar que la pretensión del actor ya fue resuelta mediante sentencia firme y consentida; y acto seguido procede a contestar demanda. Cita derecho, ofrece pruebas y solicita se haga lugar a las defensas opuestas, rechazándose la demanda, con expresa imposición de costas.-

Que, a fs. 35 se corre traslado a la actora de la excepción opuesta y de la contestación de demanda efectuada por los accionados, la que contesta a fs. 39 y vta..-

Que, a fs. 40 se dispone poner los autos en estado de alegar, providencia que es recurrida por la accionante a fs. 48, por estimar que se debió resolver previamente la excepción planteada a la que tacha de extemporánea, la que luego de sustanciada fue resuelta por el Superior jerárquico, disponiéndose el rechazo del recurso a fs. 63/64.-

Que, devuelta la causa por la Cámara de Apelaciones, a fs. 79 la actora solicita se abra a prueba la misma, requerimiento que es negado a fs. 80 por encontrarse los expedientes ofrecidos como pruebas, agregados por cuerda a la presente causa, razón por la que se llaman autos para sentencia, providencia que a la fecha se encuentra firme y consentida, luego de rechazado el recurso opuesto a fs. 83, y

CONSIDERANDO:

Que, planteada la cuestión como lo relato precedentemente y previo análisis de las constancias de autos, de los argumentos expuestos y de la prueba ofrecida, desde ya puedo adelantar opinión favorable a la procedencia de la excepción de cosa juzgada hecha valer, la que si bien no fue interpuesta –como se debía- como excepción previa, atendiendo a que su conocimiento igualmente se impone de oficio, su atención, resolución y acatamiento resulta obligatorio no solo para las partes, sino también para los jueces.-

Que, por ello nuestro máximo Tribunal ha sentado doctrina al respecto al considerar que: “la cosa juzgada está íntimamente ligada a la seguridad jurídica, representa una exigencia vital del orden público, tiene jerarquía constitucional y es uno de los presupuestos del orden social, cuya ausencia o debilitamiento pondría en crisis a la íntegra juridicidad del sistema. La autoridad de la cosa juzgada, una vez consentido el fallo, obliga incluso a quienes lo dictaron" (conf. Corte Suprema, Fallos 313:1409).-

Que, por ello le asiste razón a los demandados al invocar esta excepción, porque la pretensión hecha valer por la actora en esta causa, no es mas que la misma ya invocada reiteradamente a lo largo de nueve años, (fs. 38/39 del expediente sucesorio nº B-85210) basada en todos los casos en el derecho que dice tener, derivado del instrumento privado invocado y acompañado a fs. 37, cuya eficacia fuera desvirtuada con amplios fundamentos en varias resoluciones que a la fecha se encuentran firmes y consentidas, dictadas ellas en las causas ofrecidas como prueba, deducidas entre las mismas partes, reclamando por diversas vías el mismo objeto, y cuya pretensión en cada caso fue lograr el perfeccionamiento de la transferencia de dominio a su favor de los bienes denunciados, lo que no fue logrado por no asistirle el derecho invocado, por las razones expuestas en las referidas causas que se encuentran...

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