Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Noviembre de 2011, L. 503. XLVII

Fecha29 Noviembre 2011
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 503. XLVII.

RECURSO DE HECHO L., O. – concurso preventivo s/ incidente de verificación tardía de crédito de M.A., E.;Antonia.

Buenos Aires, 29 de noviembre de 2011 Vistos los autos:

Recurso de hecho deducido por E.A.;Mercau Arce en la causa L., O. – concurso preventivo s/ incidente de verificación tardía de crédito de M.A., E.;Antonia

, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la queja por denegación del recurso extraordinario no ha cumplido con los requisitos exigidos en los artículos 4º y 5º, ni tampoco con el previsto en el inciso c del artículo 7º del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.

Por ello, se la desestima.

N. y, oportunamente, archívese. R.;LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.;PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por E.;Antonia Mercau Arce, representada por el Dr. H.;Raúl Cangiano y patrocinada por el Dr. T.;Leandro Fernández. Tribunal de origen: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de San Luis. Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Civil, Comercial y Minas nº 2, Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Minas y Laboral nº 1, ambos de la Primera Circunscripción Judicial de la provincia de San Luis. -1-

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