Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 22 de Noviembre de 2011, C. 3071. XL

Fecha22 Noviembre 2011
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C. 3071. XL.

RECURSO DE HECHO Cuggia, E.H. c/ ANSeS s/ ejecución previsional.

Buenos Aires, 22 de noviembre de 2011 Vistos los autos: “Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Cuggia, E.H. c/ ANSeS s/ ejecución previsional”, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que en virtud de que el recurso extraordinario, cuya denegación originó la presente queja, tenía por objeto obtener el pago en efectivo de las acreencias del jubilado correspondientes al período consolidado por las leyes 23.982 y 24.130, y habida cuenta de que con posterioridad a la interposición del remedio federal el juez de la ejecución ordenó el libramiento de un cheque para la cancelación del capital adeudado, lo que se concretó a fs.

414 del expediente principal, además de que se halla en trámite la liquidación de los ítems correspondientes a la conversión y los intereses, ha devenido abstracto expedirse sobre los agravios planteados.

Por ello, se desestima esta presentación directa.

N., devuélvanse los autos principales y archívese.

R.;LUIS LORENZETTI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por E.H.C., representado por el Dr. G.;G. Losada. Tribunal de origen: Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social N° 2. -1-   

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