Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Septiembre de 2011, O. 179. XLV

Fecha27 Septiembre 2011
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

O. 179. XLV.

Obras Sanitarias Mendoza Sociedad Anónima (OSMSA) c/ A.F.I.P.

- D.G.I. s/ ordinario medida cautelar.

Buenos Aires, 27 de septiembre de 2011 Vistos los autos:

Obras Sanitarias Mendoza Sociedad Anónima (OSMSA) c/ A.F.I.P.

- D.G.I. s/ ordinario medida cautelar

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Considerando:

Que las cuestiones planteadas han sido correctamente tratadas en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, cuyos fundamentos son compartidos por el Tribunal y a los que corresponde remitir en razón de brevedad.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se declara formalmente admisible el recurso extraordinario, y se confirma la sentencia apelada en cuanto fue materia de recurso. Con costas. N. y devuélvase. R.L.L. -E.S.P. -J.C.M.;- E. RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por la Administración Federal de Ingresos Públicos, representada por la Dra. S.;Martínez Garraza. Traslado contestado por O.S.M.S.A., representada por los Dres. M.;AlejandraA., T.A. y M.A., con el patrocinio letrado del Dr. A.;Tarsitano. Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, Sala A. Tribunal que intervino con anterioridad:

Juzgado Federal de Primera Instancia n° 2 de Mendoza. -1-

Para acceder al dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a:

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2010/monti/ago/6/osmsa_o_179_l_xlv.pdf Exención impositiva - Impuesto a las ganancias - Privatización -2-

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