Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Septiembre de 2011, F. 210. XLVII

Fecha06 Septiembre 2011
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 210. XLVII.

RECURSO DE HECHO Fideicomiso de Recuperación Crediticia ley 12.726 c/ Yoma, E.;Fuad y otro s/ ejecutivo.

Buenos Aires, 6 de septiembre de 2011 Vistos los autos:

Recurso de hecho deducido por A.C.;Yoma en la causa Fideicomiso de Recuperación Crediticia ley 12.726 c/ Yoma, E.F. y otro s/ ejecutivo

, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya desestimación origina la presente queja, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima esta presentación directa y se da por perdido el depósito.

N. y archívese.

ELENA I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M.;- E. RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por A.;Carim Yoma, en su calidad de demandado y N.;Yoma Mardo, A.;Yoma Mardo, A.;Alfredo Yoma Mardo, en su calidad de beneficiarios del bien de familia, con el patrocinio letrado del Dr. Y.G.;Sad Sedan Navarro. Tribunal de Origen:

Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial nº 8. -1-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR