Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 4 de Agosto de 2011, C. 705. XLVI

Fecha04 Agosto 2011
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C. 705. XLVI.

PVA Caimi, G.;Beatriz s/ queja por retardo de justicia en autos:

C., G.B. c/ British Airways y otro s/ acción de amparo

.

Buenos Aires, 4 de agosto de 2011 Autos y Vistos; Considerando:

  1. ) Que a fs.

    29 la doctora G.B.C., letrada en causa propia, tacha de nula —de hecho y de derecho— la resolución dictada por el Tribunal a fs.

    23, que rechazó el planteo de igual naturaleza que había deducido la peticionaria contra el pronunciamiento de fs.

    18 por el cual, a su vez, se desechó una impugnación con análogo objeto promovida contra el pronunciamiento de fs.

    13, que desestimó esta presentación directa.

  2. ) Que el planteo es inadmisible por las mismas razones expresadas por el Tribunal a fs. 18 y 23, sobre la base de lo dispuesto en los arts. 238 y 163 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y de su tradicional jurisprudencia citada en dichos pronunciamientos.

  3. ) Que la reiteración en que incurre la presentante en el planteo de temas de improcedencia manifiesta, estorbando de este modo la labor del Tribunal y provocando un dispendio jurisdiccional, debe ser corregida con arreglo a las facultades otorgadas por los arts.

    35 del ordenamiento citado y 18 del decreto- ley 1285/58 (causa J.281.XLI “Juzgado de Instrucción nº 9 s/ remite actuaciones —G.— causa nº 26.502”, resolución del 2 de septiembre de 2008), por lo que corresponde imponer a la abogada G.B.C. la sanción de apercibimiento y hacerle saber que en caso de incurrir en planteos semejantes se hará pasible de una sanción más severa.

    Por ello, se desestima el planteo de nulidad, se impone a la doctora G.;Beatriz Caimi la sanción de apercibimiento, y se le hace saber que en caso de incurrir en planteos semejantes se hará pasible de una sanción más severa. C. al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. N. y estése a lo dispuesto por el Tribunal a fs. 23. R.;LUIS LORENZETTI -E.;I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

    ES COPIA Presentación efectuada por la doctora G.;Beatriz Caimi (en causa propia). -2-

3 temas prácticos
3 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR