Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Junio de 2011, C. 831. XLVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C. 831. XLVI.

RECURSO DE HECHO Comisión Nacional de Comunicaciones s/ orden de allanamiento – causa nº 5543/10.

Buenos Aires, 28 de junio de 2011 Vistos los autos:

Recurso de hecho deducido por O.A.D.V. en la causa Comisión Nacional de Comunicaciones s/ orden de allanamiento – causa nº 5543/10

, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso de queja no satisface los recaudos previstos en el artículo 4º del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.

Por ello, se desestima la queja. Intímase a la recurrente a que informe cada tres meses sobre la decisión definitiva que recaiga sobre el beneficio de litigar sin gastos, bajo apercibimiento de ejecución del depósito establecido en el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

N. y resérvese en Mesa de Entradas.

R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho deducido por O.;Alfredo Vincensi, con el patrocinio letrado del Dr. L.;Fernando Cabaleiro.

Tribunal de origen: Cámara Federal de San Martín, Sala II - Secretaría Penal nº 2. -1-

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