Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 23 de Junio de 2011, G. 533. XLVI
Fecha | 23 Junio 2011 |
Emisor | Suprema Corte de Justicia (Argentina) |
G. 533. XLVI.
RECURSO DE HECHO G., A.;María Inés s/ causa n° 390/07 y sus acumulados ‘N.R., B.R. s/ homicidio calificado y expediente n° 191 —STJ 2008— Defensor Oficial por R., J.A. s/ recurso de casación —plantea nulidad en expte. n° 1151/04 ‘N., R. y otros s/ homicidio calificado’.
Buenos Aires, 23 de junio de 2011 Vistos los autos:
Recurso de hecho deducido por B.R.;Neumann Rojas en la causa G., A.;María Inés s/ causa n° 390/07 y sus acumulados ‘N.;Rojas, B.;Roberto s/ homicidio calificado y expediente n° 191 —STJ 2008— Defensor Oficial por R., J.A. s/ recurso de casación — plantea nulidad en expte. n° 1151/04 ‘N., R. y otros s/ homicidio calificado’
, para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que en atención a que la parte recurrente no cumplió con el recaudo previsto en el art. 7°, inciso a, del reglamento aprobado por la acordada 4/2007, corresponde declarar inadmisible esta presentación directa.
Por ello, se desestima la queja.
Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución.
N. y, oportunamente, archívese.
R.L.L. -E.I.
HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M.;- E. RAÚL ZAFFARONI (en disidencia)- CARMEN M. ARGIBAY.
ES COPIA DISI-1-
G. 533. XLVI.
RECURSO DE HECHO G., A.;María Inés s/ causa n° 390/07 y sus acumulados ‘N.R., B.R. s/ homicidio calificado y expediente n° 191 —STJ 2008— Defensor Oficial por R., J.A. s/ recurso de casación —plantea nulidad en expte. n° 1151/04 ‘N., R. y otros s/ homicidio calificado’.
DENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E. RAÚL ZAFFARONI Considerando:
Que atento a la pena impuesta al recurrente y su condición de privado de la libertad, la presente causa debe considerarse como incluida en la excepción contemplada en el art.
11 del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.
Que a los fines de poder analizar adecuadamente el recurso interpuesto y los agravios planteados, se requiere a la Secretaría solicite la remisión a esta Corte de los autos principales, a fin de dar una vista al señor Procurador General.
E. RAÚL ZAFFARONI.
ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por B.;Roberto Neumann Rojas. Tribunal de origen: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Misiones.
Tribunales que intervinieron con anterioridad: Tribunal en lo Penal n° 1 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Misiones. -3-