Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 7 de Junio de 2011, V. 328. XLV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

V. 328. XLV.

V., G.;Elizabeth s/ hábeas corpus rec. de casac. recurso ext. de inaplicabilidad de ley.

Buenos Aires, 7 de junio de 2011 Vistos los autos:

V., G.E. s/ hábeas corpus rec. de casac. recurso ext. de inaplicabilidad de ley

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Considerando:

Que el recurso extraordinario concedido a fs. 186/187, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, oído el señor P.F., se lo declara improcedente.

Con costas.

N. y devuélvanse.

ELENA I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por G.;E. Videla, por derecho propio, con la defensa oficial del Dr. M.;Luis Coriolano.

Traslado contestado por el Dr. J.;Ángel De Oliveira, S.;Procurador General de la Suprema Corte de Justicia. Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Sala III, Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires. -1-

Para acceder al dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a:

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2010/casal/septiembre/v_gabriela_v_328_l_xlv.pdf Prisión perpetua - Delitos de lesa humanidad -2-

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