Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 24 de Mayo de 2011, V. 412. XLVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

V. 412 .XLVI RECURSO DE HECHO Vía Bariloche S.R.L. c/ Dirección General de Aduanas s/ demanda contencioso administrativa.

Buenos Aires, 24 de mayo de 2011 Vistos los autos:

Recurso de hecho deducido por la Dirección General de Aduanas – Administración Federal de Ingresos Públicos en la causa Vía Bariloche S.R.L. c/ Dirección General de Aduanas s/ demanda contenciosa administrativa

, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el escrito de interposición del recurso extraordinario —cuya copia obra a fs. 8/18— no ha cumplido con el art.

  1. del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.

Por otra parte, el apelante no ha dado cumplimiento al recaudo establecido en el art. 7° inc. c, del citado reglamento, lo cual no es subsanable con posterioridad al plazo del art.

285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Por ello, se desestima el recurso de hecho planteado.

D. perdido el depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

N. y, oportunamente, archívese.

R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por la Administración Federal de Ingresos Públicos - Dirección General de Aduanas, representada por las Dras.

C.D.C. y M.;Lucrecia Sokolowsky, con el patrocinio letrado del Dr. R.E.;Castro. Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones de Posadas.

Tribunal que intervino con anterioridad:

Juzgado Federal de Primera Instancia de Posadas. -1-

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